Convocatoria de subvenciones dirigidas a los Ayuntamientos de Gran Canaria para la adquisición de instrumentos musicales y accesorios de naturaleza inventariable (2023)

Resolución definitiva. 

Objeto del trámite
Las presentes subvenciones tienen por objeto fundamental la financiación de la adquisición de instrumentos musicales y sus accesorios por parte de los Ayuntamientos de la isla de Gran Canaria, a fin de dotar las Escuelas municipales de Música ubicadas en los municipios o mejorar las iniciativas musicales de otros grupos y colectivos, generadas por las propias corporaciones locales.
 
Se admitirá gastos de adquisición de los instrumentos musicales y accesorios desde la fecha de concesión de la subvención hasta el 31 de mayo de 2023.
 
 
Beneficiarios del trámite
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria de subvenciones los Ayuntamientos de la isla de Gran Canaria.
 
 
Proyectos a subvencionar y gastos subvencionables
3.1. La adquisición de instrumentos musicales y sus accesorios de naturaleza inventariable, con el objetivo final de:
a) La promoción de la música tradicional canaria.
b) La promoción y difusión de la iniciación en la cultura musical.
c) La formación artística musical especializada, para facilitar la mejora y la continuación de estudios reglados de música para aquellos alumnos motivados, si fuera el caso.
 
 
Documentación
La solicitud, que deberá formalizarse conforme al modelo del Anexo I y venir firmada por el representante legal del Ayuntamiento, se presentará en el plazo de QUINCE (15) DIAS, contados a partir del día siguiente de la publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en las webs corporativas www.grancanaria.comhttps://grancanariajoven.grancanaria.com.
 
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación, original o copia conforme a la legislación vigente:
 
Memoria técnica, en la que se especifique los instrumentos que se pretenden adquirir, especificando marcas, modelos y otras características técnicas relevantes de los mismos y su presupuesto pormenorizado, así como una justificación de la necesidad de adquirir los mismos con indicación del uso al que van a ser destinados. Todo ello detallado en el modelo normalizado del Anexo I.
Documento acreditativo de la persona que firma la solicitud y certificado que acredite la representación y vigencia del cargo.
Documento de Identificación Fiscal de la Corporación Local solicitante.
Declaración responsable firmado por el/la Alcalde/sa, en el modelo normalizado del Anexo II, de: 
No encontrarse incurso en las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las solicitudes de otras ayudas, subvenciones o ingresos que, respecto de los mismos conceptos y anualidades subvencionados, hubiera podido realizar el solicitante, indicando su estado de tramitación y cuantía, en su caso.
Que no tiene pendiente de justificación subvención alguna concedida por el Cabildo de Gran Canaria.
Que ha cumplido con las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y Autonómica, así como  con las obligaciones con la Seguridad Social.
 
En virtud de lo dispuesto en la Base 21ª de la OGS del Cabildo de Gran Canaria, la justificación del proyecto revestirá la forma de Cuenta justificativa del gasto, conforme a lo establecido en el artículo 74 del Reglamento General de Subvenciones, conforme al modelo Anexo III. 
 
➤ Anexo I: Solicitud  Word / PDF
➤ Anexo II: Declaración Responsable Word  / PDF 
➤ Anexo III: Memoria Justificativa Word / PDF
 
Lugar de presentación de la solicitud
La solicitud, dirigida al Sr. Presidente del Cabildo de Gran Canaria, se presentará en el Registro General de la Corporación, sito en planta baja del edificio administrativo anexo a la Casa Palacio (entrada por la calle Pérez Galdós) de Las Palmas de Gran Canaria, o en cualquiera de los lugares y por los medios a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
 
 
Plazos de presentación de la solicitud y documentación: del 19 de enero al 8 de febrero de 2023.
 
 
Plazo de resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de SEIS (6) MESES. Dicho plazo se computará a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en las webs corporativa www.grancanaria.com y/o https://grancanariajoven.grancanaria.com.
 
 
PROCEDIMIENTO
 
 
 
 

 
Observaciones: 
Las distintas notificaciones a que de lugar este procedimiento administrativo se efectuarán en el Tablón de Anuncios y página web de esta Corporación Insular (www.grancanaria.com) y en la de la Consejería de Educación y Juventud (https://grancanariajoven.grancanaria.com).
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