OBJETO DEL TRÁMITE
El objeto fundamental es la financiación de gastos corrientes de acciones, proyectos y actividades socioeducativas desarrolladas por asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del ámbito educativo y dirigido a la población de Gran Canaria.
Los programas, proyectos y acciones han de ir encaminados a conseguir la promoción socioeducativa de la población, teniendo como referente los ideales y principios de la sostenibilidad recogidos en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Las actividades subvencionables deberán realizarse en el periodo comprendido necesariamente entre el 1 de septiembre de 2022 y el 30 de junio del 2023.
BENEFICIARIOS DEL TRÁMITE
Podrán ser beneficiarios de esta subvención asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, siempre que, en los fines de las mismas, y conforme a sus Estatutos, esté recogida la promoción de la educación y/o realicen actividades, actuaciones o proyectos socioeducativos; que acrediten fehacientemente que se encuentran debidamente inscritas como tal, en el Registro de Asociaciones de Canarias o el Registro de Fundaciones de Canarias; que tengan su sede o una delegación, según corresponda, y ámbito de actuación, en la isla de Gran Canaria.
Para ser beneficiarias de esta subvención, las entidades deberán estar legalmente constituidas, encontrarse inscritas y tener la composición de su Junta directiva actualizada en el correspondiente Registro de Asociaciones de Canarias o el Registro de Fundaciones de Canarias, con fecha previa a la formalización de la solicitud y tener sede en Gran Canaria. En el caso de las inscritas en los respectivos registros de ámbito nacional, ha de constar su número de inscripción igualmente, en los citados registros de Canarias. Para comprobar este extremo, el Cabildo recabará la información y certificación relativa a la inscripción, y representación legal de las entidades mediante solicitud al Servicio de Entidades Jurídicas de la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana del Gobierno de Canarias.
Quedan expresamente excluidas de la presente convocatoria las siguientes entidades y asociaciones: Vecinales, de Tercera Edad, Deportivas, Folklóricas, Religiosas, Asociaciones Juveniles, AMPAS y sus respectivas federaciones, así como aquellas entidades que reciban subvenciones directas o que hayan sido beneficiarias de cualquier otra convocatoria por esta Consejería.
DOCUMENTACIÓN
Presentación de la solicitud. La solicitud deberá formalizarse conforme al modelo del Anexo I, y vendrá firmada electrónicamente por el/la representante legal de la asociación o entidad sin ánimo de lucro.
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
a) C.I.F. de la asociación o entidad
b) Estatutos de la asociación o entidad sin ánimo de lucro, en vigor y visados por el Registro de Asociaciones de Canarias/Registro de Fundaciones de Canarias o los correspondientes registros de ámbito nacional, según proceda.
c) D.N.I. del/la representante legal de la asociación.
d) Memoria del proyecto de la acción educativa o actividad formativa a realizar, conforme los apartados del modelo normalizado (Anexo II). Debidamente firmada de manera electrónica.
e) Declaración responsable, conforme al modelo establecido (Anexo III), debidamente firmada de manera electrónica, de:
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como, en caso de encontrarse obligado, de estar al corriente de pago en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Declarar el conjunto de las subvenciones, ayudas o ingresos de cualquier tipo solicitados para la misma finalidad y conceptos subvencionables, de cualesquiera otras personas o entidades públicas o privadas.
- Que no tiene pendiente de justificación subvención alguna concedida por el Cabildo de Gran Canaria.
- En la circunstancia de que la Asociación o entidad, preste servicios que tengan como beneficiarios/as menores de edad, declaración responsable de quien ostente la representación legal de la entidad, de que todo el personal (incluido el voluntario), al que corresponde la realización de estas actividades, no ha sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata explotación de menores, según lo previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y en el artículo 8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre de voluntariado. Así como de que asume la responsabilidad del cumplimiento de este extremo durante la vigencia del proyecto.
f) Presupuesto del seguro de responsabilidad civil y de accidentes colectivos, que se suscribiría para el grupo de actuación con el que se va a desarrollar la acción o actividad educativa.
g) Impreso oficial de Alta/Modificación a terceros de este Cabildo, incluyendo obligatoriamente el IBAN, sólo en el caso de no encontrarse dado de alta en la correspondiente base de datos o cuando se hayan modificado los datos consignados.
Impreso al que se puede acceder en la página web de esta Corporación siguiendo el siguiente enlace: https://sede.grancanaria.com/informacion-alta-terceros
h) En caso de que la solicitud sea presentada por cargo distinto al de la presidencia, se presentarán los poderes de la representación con la que actúa la persona que suscribe la solicitud debidamente presentado ante los Registros de Asociaciones/Fundaciones de Canarias o acta notarial.
Puede acceder al procedimiento de los citados registros a través de los siguientes enlaces:
PROYECTOS A SUBVENCIONAR Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
La subvención a que se refiere la presente convocatoria se podrá conceder, de forma única y exclusiva, para los gastos corrientes que indubitadamente respondan a la naturaleza de la actividad subvencionable, tales como gastos de auditoría, honorarios puntuales de ponentes o monitores, material fungible, transporte terrestre, seguros, material de difusión, alquileres para la ejecución de las acciones y otros necesarios para el desarrollo de las actividades, los cuales deberán cumplir el requisito de figurar en el proyecto y estar directamente relacionado con la actividad subvencionada.
Se permite la financiación parcial de costes de personal de la propia entidad, dedicados a la ejecución de las acciones del proyecto, siempre que este no forme parte del órgano directivo, sean administradores, apoderados u ostenten cualesquiera funciones ejecutivas en la misma. En ningún caso el coste de personal podrá superar el 40% del coste total del proyecto.
Se subvencionará hasta el 100% del coste del programa, proyecto, acción o actividad formativa, con el límite de DIEZ MIL (10.000 €) EUROS por beneficiario.
PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
Presentación telemática.
La entidad solicitante debe presentar la documentación a través de la Sede Electrónica del Cabildo de Gran Canaria, al que se accederá con el “Certificado Digital como Representante” de la entidad, debiendo adjuntase a la Instancia General (que está disponible en la Sede Electrónica), toda la documentación relacionada en la Base Sexta de esta Convocatoria, en su punto 6.2., en formato PDF, teniendo en cuenta que los Anexos I, II, y III, deberán estar firmados electrónicamente. De igual forma, todos aquellos certificados que se presenten, ya sean emitidos por entidades públicas o privadas, así como los certificados emitidos por la propia asociación o entidad, también deben estar firmados electrónicamente o tener código seguro de verificación, de lo contrario constará como fotocopias y no como documentos originales.
PLAZOS DE PRESENTACIÓN
VEINTE DIAS HÁBILES (20), contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Del 19 de septiembre al 17 de octubre de 2022. Ampliación plazo: Hasta el 20 de octubre de 2022.
PROCEDIMIENTO
- Plazo para subsanar: Del 16 al 29 de noviembre de 2022.
6. Propuesta de resolución provisional de la convocatoria de subvenciones dirigidas a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para el apoyo y fomento de acciones, proyectos y actividades socioeducativas 2022/2023. (Publicado el 2 de diciembre de 2022).
La información aquí recogida es meramente informativa, para más información consulte el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 112, viernes 16 de septiembre de 2022 y la ordenanza específica de la convocatoria de subvenciones dirigidas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para el apoyo y fomento de acciones, proyectos y actividades socioeducativas 2022/2023.