Objeto del trámite
Las presentes subvenciones tienen por objeto fundamental la financiación de la adquisición de instrumentos musicales y sus accesorios por parte de los Ayuntamientos de la isla de Gran Canaria, a fin de dotar las Escuelas municipales de Música ubicadas en los municipios o mejorar las iniciativas musicales de otros grupos y colectivos, generadas por las propias corporaciones locales.
Se admitirá gastos de adquisición de los instrumentos musicales y accesorios desde la fecha de concesión de la subvención hasta el 31 de agossto de 2024.
Beneficiarios del trámite
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria de subvenciones los Ayuntamientos de la isla de Gran Canaria.
Proyectos a subvencionar y gastos subvencionables
3.1. La adquisición de instrumentos musicales y sus accesorios de naturaleza inventariable, con el objetivo final de:
a) La promoción de la música tradicional canaria.
b) La promoción y difusión de la iniciación en la cultura musical.
c) La formación artística musical especializada, para facilitar la mejora y la continuación de estudios reglados de música para aquellos alumnos motivados, si fuera el caso.
Documentación
La solicitud, que deberá formalizarse conforme al modelo del Anexo I y venir firmada por el representante legal del Ayuntamiento, se presentará en el plazo de QUINCE (15) DIAS, contados a partir del día siguiente de la publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en las webs corporativas
www.grancanaria.com y
https://grancanariajoven.grancanaria.com.
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación, original o copia conforme a la legislación vigente:
• Memoria técnica, en la que se especifique los instrumentos que se pretenden adquirir, especificando marcas, modelos y otras características técnicas relevantes de los mismos y su presupuesto pormenorizado, así como una justificación de la necesidad de adquirir los mismos con indicación del uso al que van a ser destinados. Todo ello detallado en el modelo normalizado del Anexo I.
• Documento acreditativo de la persona que firma la solicitud y certificado que acredite la representación y vigencia del cargo.
• Documento de Identificación Fiscal de la Corporación Local solicitante.
• Declaración responsable firmado por el/la Alcalde/sa, en el modelo normalizado del Anexo II, de:
• No encontrarse incurso en las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Las solicitudes de otras ayudas, subvenciones o ingresos que, respecto de los mismos conceptos y anualidades subvencionados, hubiera podido realizar el solicitante, indicando su estado de tramitación y cuantía, en su caso.
• Que no tiene pendiente de justificación subvención alguna concedida por el Cabildo de Gran Canaria.
• Que ha cumplido con las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y Autonómica, así como con las obligaciones con la Seguridad Social.
En virtud de lo dispuesto en la Base 21ª de la OGS del Cabildo de Gran Canaria, la justificación del proyecto revestirá la forma de Cuenta justificativa del gasto, conforme a lo establecido en el artículo 74 del Reglamento General de Subvenciones, conforme al modelo Anexo III.
Lugar de presentación de la solicitud
La solicitud de subvención se formalizará telemáticamente en el impreso normalizado confeccionado al efecto, cuyo modelo figura en el Anexo I de la convocatoria e irán dirigidas al Sr. Presidente del Cabildo de Gran Canaria.
Se podrá presentar telemáticamente por el Sistema Interconectado de Registros entre Administraciones Públicas (SICRES 3.0, CIR, ORVE, GEISER, REC, etc. siempre que esté certificado en la Norma SICRES 3.0). Integración de registros en la que deben encontrarse activas las Administraciones Públicas tal y como recoge la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazos de presentación de la solicitud y documentación: del 15 de marzo al 8 de abril de 2024.
Plazo de resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de SEIS (6) MESES. Dicho plazo se computará a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en las webs corporativa
www.grancanaria.com y/o
https://grancanariajoven.grancanaria.com.
PROCEDIMIENTO
Observaciones: