Convocatoria de subvenciones para el apoyo y fomento de participación juvenil y la realización de actividades dirigidas a la población joven de Gran Canaria - 2026

Plazo de presentación de solicitudes: De 19 de marzo a 17 de abril de 2026.

PREGUNTAS FRECUENTES

OBJETO DEL TRÁMITE

La financiación de actuaciones dirigidas a jóvenes de Gran Canaria con edades comprendidas entre los 12 y 30 años, promovidas y organizadas por asociaciones juveniles, asociaciones con sección juvenil definida en sus estatutos y federaciones de asociaciones juveniles.

Estas actuaciones han de tener un impacto beneficioso, tanto en la juventud grancanaria como en la sociedad en general, generando a través de la intervención de las personas jóvenes participantes una contribución positiva a su desarrollo y con repercusión social.

Las acciones han de realizarse desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026, ambos inclusive.

BENEFICIARIOS DEL TRÁMITE

Las asociaciones juveniles propiamente denominadas así, como otras asociaciones con sección juvenil y federaciones de asociaciones juveniles legalmente constituidas, que acrediten fehacientemente que se encuentran debidamente inscritas como tal, en el Registro de Asociaciones de Canarias y tengan su sede o una delegación, según corresponda, en la isla de Gran Canaria.

REQUISITOS PARA EL INICIO DEL TRÁMITE

- Estar inscrita en el Registro de Asociaciones de Canarias o en el Registro de Asociaciones Nacional (en este último caso, ha de constar su número de inscripción igualmente en el Registro de Asociaciones de Canarias.

- Tener la Junta Directiva en vigor en el momento de presentar la solicitud.

- No tener ninguno de los miembros de la Junta Directiva vínculo alguno con otras asociaciones que concurran a la presente convocatoria, cuando dicha vinculación pueda comprometer los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- En el caso de solicitudes presentadas por secciones juveniles integradas en asociaciones, deberá acreditarse su existencia y actividad propia conforme se establece en el apartado 7.2.f. de esta Convocatoria.

- No estar incursa en ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13, puntos 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en sus normas de desarrollo o en la OGS, así como estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, estatales, autonómicas y locales, y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y no tener pendiente de justificación subvención alguna concedida por el Cabildo de Gran Canaria; lo que se acreditará mediante una declaración responsable (incluida en la solicitud).

PROYECTOS A SUBVENCIONAR Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

La subvención a que se refiere la presente convocatoria se podrá conceder, de forma única y exclusiva, para los gastos corrientes que estén directamente relacionados con las acciones subvencionadas y que sean indispensables para la adecuada ejecución de las mismas y, por tanto, vinculados a estas, que se reflejen en el Anexo I (Presupuesto) tales como:

  • Honorarios puntuales de ponentes, talleristas y/o monitores/as.
  • Material fungible (los que se gastan, se deterioran o se destruyen con un solo uso, o que tenga una duración previsiblemente inferior al año y que no sea inventariable).
  • Servicios de transportes.
  • Alojamiento.
  • Manutención para las personas jóvenes participantes en las actividades, durante el desarrollo de las mismas y hasta un máximo del 10% del importe de la subvención concedida.
  • Seguros.
  • Material de difusión.
  • Alquileres de instalaciones y equipamientos no propios.
  • Gastos de contratación de empresas/profesionales de servicios.
  • Otros gastos corrientes necesarios para el desarrollo de las actividades subvencionadas.
  • Asimismo, podrán ser subvencionados con un límite del 10% sobre la cuantía de la subvención concedida y siempre y cuando se detallen de manera clara su uso en el punto 3: descripción de la actividad, del ANEXO I y dentro de cómo se realizará ésta: el material lúdico, el menaje de cocina, los libros, el material de acampada de uso ordinario, y similares, salvo que, por su naturaleza, valor unitario o destino, deban ser objeto de inventario patrimonial y  se admitirán con los siguientes criterios:
  1. Material lúdico: juegos de mesa, material deportivo y juegos infantiles, todos ellos de uso intensivo, deterioro rápido y difícil individualización (no se admitirá el material lúdico cuando su valor sea relevante y su vida útil y su uso prolongado, por ejemplo, mesas de pingpong, colchonetas grandes, porterías…)
  2. Menaje de cocina: platos, vasos, ollas, cubiertos, de bajo valor unitario, fácilmente sustituibles, no se inventarían en la práctica (no se admitirá equipamiento de cocina industrial o semiprofesional ni electrodomésticos)
  3. Libros: no se considera inventariable si se trata de material didáctico, divulgativo o de consulta ordinaria (no se admitirá en caso de valor unitario o conjunto relevante, cuando se trate de adquirir un fondo bibliográfico estable o estén destinados a uso estable como parte de una biblioteca).
  4. Material de acampada: no se consideran inventariables los sacos de dormir, por su uso personal e intensivo, esterillas (en cambio, son inventariables y no subvencionables: tiendas de campaña, estructuras, carpas y equipamiento técnico duradero).

Se subvencionará el coste total de las acciones a desarrollar, con un máximo de TRES MIL EUROS (3.000,00 €) por beneficiario. A estos efectos, se entenderá por coste total el conjunto de gastos subvencionables conforme a lo previsto en la presente convocatoria.

DESCRIPCIÓN DE LA RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA EL INICIO O TRAMITACIÓN

La SOLICITUD se formalizará mediante la correcta cumplimentación del formulario específico confeccionado al efecto, disponible dentro del catálogo de trámites de la Sede Electrónica del Cabildo  (https://sede.grancanaria.com), y a la que se acompañará la siguiente DOCUMENTACIÓN, conforme a la legislación vigente:

  1. N.I.F. de la asociación o federación.
  2. Estatutos de la asociación o federación en vigor y visados por el Registro de Asociaciones de Canarias o el Registro de Asociaciones Nacional, según corresponda.
  3. D.N.I. en vigor del/la representante legal de la asociación o federación.
  4. Certificado de inscripción y representación legal de la asociación, emitido por el Registro de Asociaciones de Canarias y actualizado dentro del plazo de solicitud de la subvención.

(Pueden obtener dicho certificado desde el siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/4603

Si tuvieran problemas en la tramitación, deben solicitarlo entonces, en sede electrónica del Gobierno de Canarias, en el siguiente enlace:

                   https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/rge)

  1. En caso de asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones Nacional, certificado acreditativo de quien ostente la representación legal emitido por el citado registro o en su defecto, poderes de dicha representación con la que actúa la persona que suscribe la solicitud. En ambos casos han de estar actualizados dentro del plazo de presentación de la misma. De igual modo, deberán aportar una nota informativa emitida por el Registro de Asociaciones de Canarias donde conste el número de inscripción en dicho registro.
  2. Las asociaciones con sección juvenil acreditarán la autonomía y funcionamiento de la misma, mediante certificado de la Secretaría de la Asociación, con el visto bueno de la Presidencia, en el que conste:
    1. La identificación de la persona o personas responsables de la sección juvenil.
    2. El reconocimiento de que la sección juvenil dispone de autonomía funcional suficiente para el desarrollo de actividades específicamente juveniles.
  3. Memoria de las acciones a realizar, conforme a los apartados del modelo establecido (Anexo I), firmado electrónicamente.
  4. Presupuesto del seguro de responsabilidad civil que se suscribiría para el grupo de beneficiarios/as con el que va a desarrollar la acción o actividad, o póliza en vigor suscrita para tal fin.
  5. Alta/Modificación a terceros del Cabildo de Gran Canaria, sólo en el caso de no encontrarse dado de alta en la correspondiente base de datos del Sistema de Información contable del Cabildo de Gran Canaria o cuando se hayan modificado los datos consignados en la presentada en su momento, pudiendo hacerlo directamente en la sede electrónica de este Cabildo: https://sede.grancanaria.com/informacion-alta-terceros, y para lo que se requiere CERTIFICADO DIGITAL con firma electrónica del representante de la asociación como tal.
  6. Aquellas asociaciones que no tengan su sede (domicilio fiscal) en Gran Canaria, y a efectos  de acreditar que tienen una delegación abierta en esta isla,  han de  aportar certificación del acta de reunión o el acuerdo adoptado sobre la apertura y/o traslado de la misma, en el que deberá constar la fecha del acuerdo adoptado, la calle, número, municipio, provincia y código postal de dicha delegación, además de acompañar a esta certificación el contrato de propiedad, de arrendamiento o de cesión del inmueble bajo cualquier otro título.

Los modelos de SOLICITUD y Anexo I pueden ser descargados directamente pulsando en los siguientes enlaces:

- SOLICITUD

- Anexo I. Memoria inicial de las acciones a realizar.

- Anexo II. Memoria económica justificativa y Memoria final de las acciones realizadas: Se presentará en fase de justificación.

LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

La entidad solicitante debe presentar la documentación a través de la Sede Electrónica del Cabildo de Gran Canaria, a la que se accederá con el certificado digital como representante de la entidad (persona jurídica), debiendo cumplimentar la SOLICITUD (https://sede.grancanaria.com/info-subvenciones?codigoProcedimiento=SubvEducaParticipa2026) y adjuntar toda la documentación relacionada en el apartado séptimo, punto 7.2, de esta convocatoria, en formato PDF, teniendo en cuenta que el Anexo I deberá estar firmado electrónicamente o ser copia electrónica auténtica del documento original. De igual forma, todos aquellos certificados que se presenten, ya sean emitidos por entidades públicas o privadas, así como los certificados emitidos por la propia asociación, también deben estar firmados electrónicamente o tener código seguro de verificación, de lo contrario constará como fotocopias y no como documentos originales.

De igual modo, se puede presentar en los restantes Registros Electrónicos habilitados al efecto: https://reg.redsara.es/es/

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

En número de días/meses/años: El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, Nº 33, miércoles, 18 de marzo de 2026. Del 19 de marzo al 17 de abril de 2026.

PROCEDIMIENTO

1. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 33, miércoles 18 de marzo de 2026.

  • Anuncio oficial que señala la apertura del plazo para presentar solicitudes.

2. Convocatoria de subvenciones para el apoyo y fomento de la participación juvenil y para la realización de proyectos, acciones y actividades dirigidas a la población joven de Gran Canaria- 2026.

  • Plazo de presentación de solicitudes: Del 19 de marzo al 17 de abril de 2026 .

​3.  Nombramiento de órgano colegiado de valoración. (publicado el 7 de abril de 2026). 

 


La información aquí recogida es meramente informativa, para más información consulte el Boletín Oficial de la Provincia Número Número 33, miércoles 18 de marzo de 2026 y la ordenanza específica de la Convocatoria de subvenciones para el apoyo y fomento de la participación juvenil y para la realización de proyectos, acciones y actividades dirigidas a la población joven de Gran Canaria-2026.

Las distintas notificaciones a que de lugar este procedimiento administrativo se efectuarán en el Tablón de Anuncios y página web de esta Corporación Insular (www.grancanaria.com) y en la de la Consejería de Educación y Juventud (https://grancanariajoven.grancanaria.com/).

 

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